DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 8094
05 de agosto, 2013
DJ-0601-2013
Máster
Leticia Hidalgo Ramírez
Directora
Patronato Nacional de Ciegos
Estimada señora:
Asunto: Se rechaza solicitud de criterio por falta de competencia y falta de legitimación.
Se refiere este Despacho a su oficio n° DI-PNC-106--2013 de fecha 23 de julio del 2013,
recibido en esta Contraloría General el mismo día, mediante el cual nos plantea las siguientes
interrogantes:
• ¿Es legal o no que los libros de actas no estén actualizados?
• ¿Puede la Junta Directiva restringir el acceso a las actas a terceros y a mi persona
como Directora del Patronato?
Con respecto a la solicitud formulada, le indicamos que de conformidad con el artículo 29 de
la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República Nro. 7428 del 07 de setiembre del año
1994, y el reglamento R-DC-197-2011 publicado en Gaceta Nº 244 del 20 de diciembre de 2011
denominado “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría
General de la República”, las consultas que se dirijan a este órgano contralor deben atender lo
dispuesto en dicha normativa. Al efecto, según se indicará la gestión que se nos plantea incumple
los requisitos dispuestos en los artículos 8.1, 8.2 y 8.4 del Reglamento.
Los incisos 1, 2 y 4 del artículo 8 reglamentario establecen como criterios de admisibilidad
de las consultas que se dirijan a la Contraloría General, que los asuntos sean competencia del
órgano contralor, que no versen sobre un caso concreto que le corresponda atender a la
administración consultante y que la gestión consultiva sea presentada por el jerarca
correspondiente. Al efecto señala el numeral de cita en los incisos de interés lo siguiente:
“Artículo 8º—Requisitos para la presentación de las consultas. Las consultas que ingresen
p ...
Fecha publicación: 08/08/2013
Fecha emisión: 05/08/2013
Institución: PATRONATO NACIONAL DE CIEGOS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
T: (506) 2501-8000 S: http://www.cgr.go.cr/ E: contraloría.general@cgr.go.cr
F: (506) 2501-8100 Apdo. 1179-1000 San José, Costa Rica
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 7680
24 de julio, 2013
DJ-0556-2013
Máster
Leticia Hidalgo Ramírez
Directora
Patronato Nacional de Ciegos
Estimada señora:
Asunto: Se rechaza solicitud de criterio por falta de legitimación y falta de competencia.
Se refiere este Despacho a su oficio n° DI-PNC-097--2013 de fecha 10 de julio del 2013,
recibido en esta Contraloría General el mismo día, mediante el cual nos plantea las siguientes
interrogantes:
1. “ Puede firmarse un convenio de teletrabajo con un funcionario que atiende público
tanto telefónicamente como presencial y al cual no es posible suplir?
2. El decreto que regula esta actividad indica que debería haber una comisión que valore
técnicamente la viabilidad de hacer teletrabajo para toda la institución y no en un caso
específico como el que nos ocupa. El resto de funcionarios tendría igualdad de
posibilidades siempre que cumpla los requerimientos del decretó?
3. Si no lo firmo se podría interpretar como desacato y aplicar las sanciones
correspondientes?
4. Puede la secretaria de la Junta Directiva delegar totalmente sus funciones en un
funcionario cuya orientación del puesto no comprende a ello en detrimento de la
prestación de los servicios y las otras labores que si están formalmente designadas.
5. Podría haber un abuso de autoridad por parte de la Junta Directiva?”
T: (506) 2501-8000 S: http://www.cgr.go.cr/ E: contraloría.general@cgr.go.cr
F: (506) 2501-8100 Apdo. 1179-1000 San José, Costa Rica
2
Con respecto a la solicitud formulada, le indicamos que de conformidad con el artículo 29 de
la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República ...
Fecha publicación: 26/07/2013
Fecha emisión: 23/07/2013
Institución: PATRONATO NACIONAL DE CIEGOS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO